ASAMBLEA MUNICIPAL PODER POPULAR
PUERTO PADRE
CONVOCATORIA
Por Cuanto: La Ley 132 de Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares, en su capítulo VI, Artículo 43.1, atribuye al Presidente, la facultad de convocar las Sesiones de esta.
Por Cuanto: La Asamblea Municipal del Poder Popular debe Sesionar como mínimo en seis ocasiones en el año y en consecuencia procede librar la convocatoria para que tenga lugar la II Sesión Ordinaria del XVIII Período de Mandato.
Por Tanto: En uso de las facultades que me están conferidas.
CONVOCO
Para el 5 de febrero del año 2023, a las 11:00 am, en el salón del Poder Popular, a los efectos de celebrar la II Sesión Ordinaria, correspondiente al XVIII Período de Mandato donde se abordaran los siguientes temas
- Chequeo de acuerdos adoptados en sesiones anteriores.
- Informe de la comisión permanente de trabajo apara atender las actividades de la economía sobre la evaluación del cumplimiento de la estrategia de desarrollo local.
- Informe de la comisión permanente de trabajo para atender las actividades agropecuarias sobre cumplimiento de la implementación de las medidas para la regulación de precios de productos agropecuarios en el territorio.
- Informe de la comisión permanente de trabajo para atender los órganos locales, legalidad y orden interior sobre el tratamiento dado a los planteamientos.
- Aprobación del Intendente y de los miembros del Consejo de la Administración.
Lic. Octavio Alonso García
Presidente Asamblea Municipal
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