ASAMBLEA MUNICIPAL PODER POPULAR
PUERTO PADRE
CONVOCATORIA
Por Cuanto: La Ley 132 de Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares, en su capítulo VI, Artículo 43.1, atribuye al Presidente, la facultad de convocar las Sesiones de esta.
Por Cuanto: La Asamblea Municipal del Poder Popular debe Sesionar como mínimo en seis ocasiones en el año y en consecuencia procede librar la convocatoria para que tenga lugar la IX Sesión Ordinaria del XVIII Período de Mandato.
Por Tanto: En uso de las facultades que me están conferidas.
CONVOCO
Para el 25 de noviembre del año 2023, a las 10:00, en el salón del Poder Popular, a los efectos de celebrar la IX Sesión Ordinaria, correspondiente al XVIII Período de Mandato donde se abordaran los siguientes temas
- Chequeo de acuerdos
- Informe de la comisión de órganos locales sobre el impacto de la implementación de la estrategia de desarrollo local en la vida de los puertopadrenses.
- Informe de la comisión económica sobre el estado actual de la construcción de viviendas por la vía de subsidios y evaluación de la producción local de materiales.
- Informe de la Comisión de los servicios sobre situación que presenta la trasportación de pasajeros en el territorio.
- Informe de la Comisión Temporal sobre el proceso de Atención a la Población en las diferentes entidades.
MSc. Octavio Alonso García
Presidente Asamblea Municipal
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