ASAMBLEA MUNICIPAL PODER POPULAR
PUERTO PADRE
CONVOCATORIA
Por Cuanto: La Ley 132 de Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares, en su capítulo VI, Artículo 43.1, atribuye al Presidente, la facultad de convocar las Sesiones de esta.
Por Cuanto: La Asamblea Municipal del Poder Popular debe Sesionar como mínimo en seis ocasiones en el año y en consecuencia procede librar la convocatoria para que tenga lugar la XI Sesión Ordinaria del XVIII Período de Mandato.
Por Tanto: En uso de las facultades que me están conferidas.
CONVOCO
Para el 20 de enero del año 2024, a las 10:00, en el salón del Poder Popular, a los efectos de celebrar la XI Sesión Ordinaria, correspondiente al XVIII Período de Mandato donde se abordaran los siguientes temas
- Chequeo de acuerdos adoptados en sesiones anteriores.
- Informe del Consejo de la Administración sobre la estrategia de desarrollo local.
- Dictamen de la Comisión para atender los Asuntos Económicos.
- Informe de la Comisión Permanente de Trabajo para atender los programas Agroalimentarios sobre la producción y comercialización de productos agropecuarios.
- Informe de la Comisión Permanente de Trabajo para atender los Órganos Locales, Legalidad y orden interior sobre los resultados de la prevención y atención social en el territorio.
- Informe de la comisión permanente de trabajo para atender los servicios sobre la recogida de desechos sólidos y la prestación de servicios necrológicos.
MSc. Octavio Alonso García
Presidente Asamblea Municipal