ASAMBLEA MUNICIPAL PODER POPULAR
PUERTO PADRE
CONVOCATORIA
Por Cuanto: La Ley 132 de Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares, en su capítulo VI, Artículo 43.1, atribuye al Presidente, la facultad de convocar las Sesiones de esta.
Por Cuanto: La Asamblea Municipal del Poder Popular debe Sesionar como mínimo en seis ocasiones en el año y en consecuencia procede librar la convocatoria para que tenga lugar la XIII Sesión Ordinaria del XVIII Período de Mandato.
Por Tanto: En uso de las facultades que me están conferidas.
CONVOCO
Para el 20 de abril del año 2024, a las 10:00, en el salón del PCC, a los efectos de celebrar la XIII Sesión Ordinaria, correspondiente al XVIII Período de Mandato donde se abordaran los siguientes temas
- Chequeo de acuerdos adoptados en sesiones anteriores.
- Informe de la Comisión Permanente de Trabajo para atender las actividades agroalimentarias sobre la marcha de la zafra azucarera.
- Informe del Consejo de la Administración sobre el tratamiento dado a los planteamientos.
- Dictamen de la Comisión Permanente de Trabajo para atender los asuntos económicos sobre el tratamiento dado a los planteamientos.
- Informe de la Comisión Permanente para atender los programas de la Salud, Educación, Cultura, Deporte y las Ciencias sobre el comportamiento del Programa de Atención Primaria de Salud
- Informe de la comisión permanente de trabajo para atender los órganos locales, la legalidad y orden interior sobre la actividad de atención, control e influencia de personas que extinguen sanciones en libertad.
- Informe de rendición de cuentas del Consejo Popular 5 La Plaza sobre el cumplimiento de sus atribuciones.
Lic. Octavio Alonso García
Presidente Asamblea Municipal