ASAMBLEA MUNICIPAL PODER POPULAR
PUERTO PADRE
CONVOCATORIA
Por Cuanto: La Ley 132 de Organización y Funcionamiento de las Asambleas Municipales del Poder Popular y los Consejos Populares, en su capítulo VI, Artículo 43.1, atribuye al Presidente, la facultad de convocar las Sesiones de esta.
Por Cuanto: La Asamblea Municipal del Poder Popular debe Sesionar como mínimo en seis ocasiones en el año y en consecuencia procede librar la convocatoria para que tenga lugar la XXI Sesión Ordinaria del XVIII Período de Mandato.
Por Tanto: En uso de las facultades que me están conferidas.
CONVOCO
Para el 19 de abril del año 2025, a las 10:00, en el salón de los Órganos Locales del Poder Popular, a los efectos de celebrar la XXI Sesión Ordinaria, correspondiente al XVIII Período de Mandato donde se abordaran los siguientes temas
.XXI Sesión Ordinaria
- Chequeo de acuerdos adoptados en sesiones anteriores.
- Informe del Consejo de la Administración sobre el tratamiento dado a los planteamientos de las diferentes vías.
- Dictamen de la Comisión Permanente de Trabajo para atender los Órganos Locales
- Informe de la Comisión Permanente de Trabajo para la atención a los servicios sobre cumplimiento de la estrategia de abasto de agua a la población en la zona rural y urbana del territorio.
- Informe de la Comisión Permanente de Trabajo para atender los programas Agroalimentarios sobre la contratación, producción y comercialización de leche
- Informe de la Comisión Permanente de Trabajo para atender los asuntos Económicos sobre la contribución territorial y la producción local de materiales de la construcción.
- Informe de rendición de cuentas del Consejo Popular 9 Vázquez sobre el cumplimiento de sus atribuciones.
MSC. Octavio Alonso García
Presidente Asamblea Municipal


